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Impuesto sobre Créditos y Débitos para personas jurídicas

Te contamos todo lo que debes conocer sobre el Impuesto sobre los Créditos y Débitos para personas jurídicas en Mercado Libre.

¿Qué es el Impuesto sobre los Créditos y Débitos?


El Impuesto sobre los Créditos y Débitos es exclusivo para personas jurídicas. Esto quiere decir que
no alcanza a las personas humanas como consumidores finales, monotributistas o autónomos.

Según el Código Civil y Comercial de la Nación se consideran personas jurídicas las sociedades (empresas), asociaciones civiles, fundaciones, mutuales, cooperativas, consorcios, entre otros.

¿Cuándo te aplicamos el Impuesto sobre los Créditos y Débitos en Mercado Libre?


Si sos una persona jurídica y tenés cuenta en Mercado Libre, te aplicamos el impuesto en las siguientes transacciones:

  • Ventas y cobros: con cualquier herramienta y medio de pago.
  • Compras, pagos y envío de dinero a terceros: con dinero en cuenta.
  • Recepción e ingreso de dinero: con cualquier medio de pago.
  • Retiros de dinero en efectivo.

No son alcanzadas por el impuesto las transferencias de dinero entre cuentas bancarias o virtuales que pertenezcan a la misma persona jurídica.

Las personas jurídicas que tengan beneficios fiscales en el ICD en cuentas bancarias tendrán que hacer un trámite en AFIP para que estos beneficios alcancen a sus cuentas de Mercado Libre.

Según el Código Civil y Comercial de la Nación se consideran personas jurídicas a las sociedades (empresas), asociaciones civiles, fundaciones, mutuales, cooperativas y consorcios, entre otras.

¿Qué alícuota te corresponde?


La alícuota del impuesto dependerá del tipo de persona y de la categoría correspondientes al CUIT informado en Mercado Libre.

*Se consideran micro y pequeñas empresas a las que estén registradas como tales dentro del padrón del Ministerio de Desarrollo Productivo.

¿Es posible que uses el impuesto como pago a cuenta de otros tributos?


Un porcentaje del monto percibido puede ser utilizado como crédito para el pago del Impuesto a las Ganancias.

  • Micro o pequeñas empresas: podrán tomar el 100% del impuesto percibido.
  • Empresas medianas del sector industria (tramo 1): podrán tomar el 60% del impuesto percibido.
  • Empresas grandes y medianas: podrán tomar el 33% del impuesto percibido.


El certificado de percepción para usar en la declaración jurada o en el pago anticipado del Impuesto a las Ganancias estará disponible en la sección Facturación > Información fiscal los primeros días hábiles de cada mes.

Impuestos para responsables inscriptos en Mercado Libre

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