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Retención de IIBB para consumidores finales en Mercado Pago

Si sos consumidor final y superás el monto y el número de operaciones determinados, te aplicaremos retención de Ingresos Brutos al cobrar con Mercado Pago.

¿Qué son las retenciones?

 

Las retenciones son montos que se descuentan de tus cobros o ingresos de dinero, en concepto del pago de algún impuesto. Se aplican al momento de hacer una operación y se calculan sobre el monto total de la operación.

¿Cuándo te aplicamos retenciones de IIBB en cobros con Mercado Pago?

 

Si no estás inscripto en Ingresos Brutos (IIBB) y superás los montos establecidos por la jurisdicción donde operás, te aplicaremos retenciones cada vez que cobres con Mercado Pago.

Si hacés cobros presenciales (con Point o QR), determinaremos la jurisdicción de tus operaciones por la dirección del negocio que registraste en tu cuenta de Mercado Pago.

Si hacés cobros online, la jurisdicción de cada operación corresponderá a la dirección que tenga registrada la persona que te compre.

La forma como se calculan estas retenciones varía según las jurisdicciones donde operes:

Jurisdicciones adheridas a SIRTAC

El Sistema de Recaudación sobre Tarjetas de Crédito y Compra (SIRTAC) es una unificación de los regímenes de recaudación de IIBB. Su objetivo es simplificar los cobros, de manera que se te aplique una retención única por operación, incluso si hay varias jurisdicciones involucradas.

Las jurisdicciones adheridas a SIRTAC son:

  • Buenos Aires
  • Catamarca
  • Chaco
  • Chubut
  • Córdoba
  • Entre Ríos
  • Formosa
  • Jujuy
  • La Rioja
  • Mendoza
  • Misiones
  • Neuquén
  • Río Negro
  • Salta
  • San Juan
  • San Luis
  • Santa Cruz
  • Santiago del Estero
  • Tierra del Fuego

Si operás en alguna de estas jurisdicciones sin estar inscripto en IIBB y en un mes cobrás con Mercado Pago 10 veces o más y alcanzás una facturación mayor a $ 200.000, te aplicaremos en cada cobro que recibas una retención de 3%, hasta que te inscribas en IIBB.

Si hacés cobros presenciales (con Point o QR), te aplicaremos esa retención del 3% desde el primer cobro. Esto lo hacemos de acuerdo con la Resolución General (CA) 2/2019.

Jurisdicciones no adheridas a SIRTAC

Si cobrás en alguna de las jurisdicciones no adheridas a SIRTAC, te aplicaremos las siguientes alícuotas:

  1.  Habitualidad mensual (se tiene en cuenta el mes calendario).
  2.  Quienes no acrediten condición ante IIBB.
  3.  Contribuyentes inscriptos en otra jurisdicción.

¿Cuándo te aplicamos retenciones de IIBB en transferencias e ingresos de dinero?

 

Las retenciones se te aplicarán automáticamente solo en las transferencias de terceros e ingresos de dinero que recibas en Mercado Pago si te encontrás dentro del padrón de SIRCUPA. Allí también podés realizar consultas o reclamos desde la opción "Soporte".

Jurisdicciones adheridas a SIRCUPA

El Sistema Informático de Recaudación y Control de Acreditaciones en Cuentas de Pago (SIRCUPA) es el responsable de la recaudación de IIBB en transferencias e ingresos de dinero.

Las jurisdicciones adheridas a SIRCUPA son:

  • Catamarca
  • Chaco
  • Chubut
  • Córdoba
  • Corrientes
  • Entre Ríos
  • Formosa
  • Jujuy
  • La Rioja
  • Mendoza
  • Misiones
  • Neuquén
  • Río Negro
  • Salta
  • San Juan
  • Santa Cruz
  • Santiago del Estero
  • Tierra del Fuego

La alícuota base que te corresponde es establecida por el padrón de la COMARB y puede variar entre el 0,01 y el 5%.

Jurisdicciones no adheridas a SIRCUPA (Tucumán)

Tucumán es la única jurisdicción no adherida a SIRCUPA donde se aplican retenciones de IIBB en transferencias de terceros e ingresos de dinero.

La alícuota base que te corresponde es establecida por el padrón de recaudación sobre acreditaciones de Tucumán, que se renueva mes a mes, y puede variar entre el 0 y el 7%.

¿Dónde podés ver las retenciones que te aplicamos?

 

Si querés ver todas las retenciones que te aplicamos agrupadas por impuesto podés hacerlo desde Información fiscal > Cálculos fiscales > Retenciones. Ahí también podrás descargar tus certificados de retención en los primeros 5 días hábiles del siguiente mes.

En Información fiscal también encontrarás todo lo relacionado con los datos impositivos que tomamos en cuenta para aplicarte impuestos, con la previsión de las percepciones y retenciones que podrías empezar a pagar y con el detalle de las que ya te hemos aplicado.

Si notás que tu condición fiscal está desactualizada o no es la correcta, subí tu constancia de AFIP desde Mi perfil > Mis datos.

Descubrí los impuestos para esta condición en Mercado Pago

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